• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
  • Nº Recurso: 721/2019
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: MANUEL GALAN SANCHEZ
  • Nº Recurso: 800/2018
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: PAULINO RICO RAJO
  • Nº Recurso: 18/2018
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA PRENDES VALLE
  • Nº Recurso: 1527/2018
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 4940/2017
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala extrae las siguientes conclusiones para formar doctrina: 1) El estudio de mercado y, en general, la documentación que debe integrar el expediente administrativo de la ponencia de valores no debe figurar entre los documentos que formen parte de sus actos de aplicación singular, con ocasión de su impugnación, de suerte que su ausencia acarree la nulidad del acto de aplicación, en concreto la notificación individual del valor catastral. 2) La ponencia de valores goza de presunción de legalidad, de manera que quien pretenda someterla a enjuiciamiento debe razonar y acreditar las infracciones jurídicas o los errores de apreciación de que adolezca. 3) El conocimiento judicial de los actos de notificación singular del valor catastral fijado en la ponencia, cuando son objeto de impugnación, puede comprender el examen de las infracciones que se adviertan en el propio acto impugnado y de las que concurran en la propia ponencia. 4) Para la plenitud de tal control judicial, la parte impugnante tiene derecho a esgrimir los motivos y proponer las pruebas que amparen el derecho que pretende obtener. Por tanto, se estima el recurso de casación de la Administración General del Estado y se estima en parte el recurso contencioso-administrativo de la mercantil, pues no se le puede privar del derecho a acreditar el error del acto que recurrió, mediante la prueba pericial que, además, fue propuesta y practicada por la Sala juzgadora en forma debida, la cual no ha sido valorada por ésta.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: AGUSTIN PICON PALACIO
  • Nº Recurso: 853/2019
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima el recurso interpuesto contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional que desestimaba la reclamación económico-administrativa referida a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se invoca la falta de motivación de la liquidación y que no era correcta la aplicación de la normativa sobre la obligación de declarar según el criterio de ingresos y gastos, o de caja, la subvención recibida, la cual debió ser declarada conforme al criterio de devengo, si bien la Sala rechaza la falta de motivación, dado que la Administración explicita con la necesaria amplitud lo resuelto por la misma, siendo conocidas por la actora las razones de la liquidación, que parten, precisamente, de lo declarado por la misma, pero llegando a un resultado distinto en atención a la aplicación del criterio de caja para el ingreso correspondiente a una subvención para la adquisición de bienes de equipo, pero que dado que la propia normativa tributaria contempla el gasto deducible por amortización del inmovilizado material al margen del devengo o de caja, se concluye que a la vista de la normativa aplicable y del espirito de la misma, respecto de las subvenciones de capital a diferencia de las subvenciones corrientes, que en el presente caso no debe aplicarse el criterio de la Administración del de caja, sino una imputación proporcional vinculada a las normas de amortización del activo inmovilizado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ELENA BOET SERRA
  • Nº Recurso: 140/2019
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA ELENA BOET SERRA
  • Nº Recurso: 145/2019
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: MANUEL GALAN SANCHEZ
  • Nº Recurso: 233/2018
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Auto
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PALOMA SANTIAGO ANTUÑA
  • Nº Recurso: 825/2018
  • Fecha: 28/05/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia

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